Sesión JEC: 07/07/2022

Núm. Acuerdo: 117/2022

Núm. Expediente: 250/148

Autor:

Sra. Directora Ejecutiva de la Oficina de Atención a la Discapacidad del Consejo Nacional de la Discapacidad

Objeto:

Propuesta aprobada por el Consejo Nacional de Discapacidad de modificación de la Instrucción de la Junta Electoral Central 7/2019, de 18 de marzo, que da nueva redacción a la Instrucción 5/2019, de 11 de marzo de 2019, sobre aplicación de la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General llevada a cabo por la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad.

Acuerdo:

Comunicar a OADIS que esta Junta no aprecia que exista discriminación en la redacción de la Instrucción 7/2019, Instrucción que persigue garantizar que el ejercicio del derecho de voto por las personas con discapacidad sea pleno y efectivo, precisamente evitando que en las mesas se pueda cuestionar el ejercicio del derecho de sufragio por estas personas.

Sin perjuicio de lo anterior, las mesas, apoderados e interventores son herramientas fundamentales para garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral y por eso la Instrucción aclara, también, que (como ocurre con carácter general, y establece el artículo 99 de la LOREG) si se aprecia que se está produciendo alguna irregularidad puede hacerse constar en el acta, sin que sea óbice para ello la necesaria introducción del voto en la urna que la Instrucción exige.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

PERSONA CON DISCAPACIDAD