Sesión JEC: 26/04/1993

Núm. Instrucción: 2/1993

Núm. Expediente: 000/93042604

Objeto:

INSTRUCCIÓN 2/1993, de 26 de abril, de la Junta Electoral Central, de desarrollo del artículo 69.8 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (BOE núm 101, de 28 de abril de 1993). [SIN EFECTOS POR INSTRUCCIÓN  1/2024]

Acuerdo:

Aprobar y publicar en el B.O.E. la siguiente Instrucción de 26 de abril de 1993 de la Junta Electoral Central de desarrollo del artículo 69.8 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General:

Conforme al artículo 69.8 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, en el "supuesto de que algún organismo dependiente de las Administraciones Públicas realice en período electoral encuestas sobre intención de voto, los resultados de las mismas, cuando así lo soliciten, deben ser puestos en conocimiento de las entidades políticas concurrentes a las elecciones en el ámbito territorial de la encuesta en el plazo de cuarenta y ocho horas desde la solicitud".
Con el fin de aclarar el modo en que las can candidaturas puedan conocer que un organismo dependiente de cualquiera de las Administraciones Públicas, es decir, sea la estatal, autonómica o local, ha realizado una encuesta sobre intención de voto en período electoral, la Junta Electoral Central en su reunión del día de la fecha, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1.b) de la L.O.R.E.G, acuerda dictar la siguiente

INSTRUCCIÓN

Único.- Cuando un organismo dependiente de cualquiera de las Administraciones Públicas realice en período electoral una encuesta sobre intención de voto, ha de comunicarlo inmediatamente a la Junta Electoral Central para que por ésta se dé traslado a los representantes generales de las entidades políticas concurrentes a las elecciones a fin de que dicho representantes generales puedan solicitar las encuestas del organismo autor de las mismas.

Trasladar el presente acuerdo a la representante general del Partido Popular.

Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 1993.

EL PRESIDENTE

Ángel Rodríguez García

(BOE núm 101, de 28 de abril de 1993)

Otros acuerdos JEC relacionados:

Descriptores de materia:

ENCUESTAS Y SONDEOS

INSTRUCCIONES DE LA JEC