Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 06/06/1977
Núm. Acuerdo: 41/1977
Núm. Expediente: 000/77060607
Autor: | Junta Electoral Provincial de Pontevedra |
Objeto:
Sugerencia de la Junta Electoral de Pontevedra sobre la posibilidad de que en el futuro puedan votar los acogidos en establecimientos benéficos.
Acuerdo:
La Junta acuerda remitir al Director General del Instituto Nacional de Estadística la comunicación de la Junta de Pontevedra a los efectos oportunos; sin perjuicio de informar a la Junta de Pontevedra del derecho a votar que tienen todas las personas incluidas en el Censo, por haber desaparecido las causas de incapacidad establecidas en el artículo 3.6 de la derogada Ley de 8 de agosto de 1907.
Descriptores de materia:
CENSO ELECTORAL - Datos
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO
ENFERMEDAD
PERSONA CON DISCAPACIDAD