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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 25/05/1977

Núm. Acuerdo: 38/1977

Núm. Expediente: 000/77052506

Autor: Junta Electoral Provincial

Objeto:

Las Juntas Electorales Provinciales de Lugo y Cáceres consultan sobre si los candidatos proclamados que no hayan solicitado utilización de emplazamientos a las Juntas de Zona para colocación gratuita de carteles hasta 48 horas antes del día de proclamación de candidaturas, tienen derecho a la colocación de carteles si lo solicitan inmediatamente después de esta proclamación.

Acuerdo:

La Junta reitera su acuerdo adoptado en la reunión del día 20 de mayo, en el sentido de que el art. 39.3 del Real Decreto-Ley sobre Normas Electorales es taxativa en cuanto a que las solicitudes de utilización de los emplazamientos deben formularse en las Juntas Electorales de Zona hasta las 48 horas antes del día de proclamación (día 20 de mayo, en que figura publicación de las proclamaciones en el Boletín Oficial del Estado). Esto quiere decir, que aquellos candidatos o candidaturas que no hayan hecho la solicitud correspondiente en el plazo prescrito no tienen derecho a colocación gratuita de carteles en los emplazamientos designados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 1977

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Proclamación

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