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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 31/03/1977

Núm. Acuerdo: 1/1977

Núm. Expediente: 000/77030301

Autor: Junta Electoral Provincial de Cádiz

Objeto:

La Junta Electoral Provincial de Cádiz formula la siguiente pregunta: "Tengo el honor de exponer a V.E. que el correo de Madrid en la provincia de Cádiz se está recibiendo con un mínimo de tres días de retraso. Me permito poner este hecho en conocimiento de V.E. para que, dado el carácter perentorio de los plazos de la ley sobre normas electorales, indique si las comunicaciones deberán hacerse de otra forma".

Acuerdo:

La Junta acordó comunicar a la Junta Electoral Provincial de Cádiz que las comunicaciones a que en su consulta se hace referencia pueden cursarse mediante telegrama, dejando la debida constancia de las mismas.

Descriptores de materia:

PLAZOS

SERVICIO DE CORREOS

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