Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/05/1977
Núm. Acuerdo: 94/1977
Núm. Expediente: 000/77051202
Autor: | Junta Electoral Provincial de Jaén |
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Jaén sobre si para la obtención del 3 por 100 de los votos válidos emitidos en el Distrito electoral, a los efectos que se refiere el artículo 20.4b) del Real Decreto-Ley sobre Normas Electorales, deben computarse como votos válidos los emitidos en blanco.
Acuerdo:
La Junta adoptó el acuerdo de que, a los mencionados efectos, no se computan los votos en blanco.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 1977
Descriptores de materia:
VOTOS EN BLANCO
VOTOS VÁLIDOS Y NULOS