Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 14/11/1978
Núm. Acuerdo: 16/1978
Núm. Expediente: 000/78111405
Autor: | Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife |
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife sobre competencias en materia de prensa e imprenta. La disposición adicional 2 del Real Decreto 2120/1978, de 25 de agosto, establece la aplicación supletoria del Real Decreto 20/1977, de 18 de marzo, "en todo lo referente a normas de procedimiento electoral".
Acuerdo:
La Junta acuerda que esta expresión no debe ser entendida en un sentido tan estricto que excluya la aplicación supletoria del art. 42.1 del Real Decreto-Ley de 18 de marzo de 1977, por lo que, en virtud del mismo, habrá de entenderse transferidas a las Juntas Electorales Provinciales las competencias en materia de prensa e imprenta a las que el citado precepto se refiere.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Competencias
PRENSA