Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 01/03/1979
Núm. Acuerdo: 57/1979
Núm. Expediente: 000/79030108
Objeto:
La Junta Provincial de León solicita la prórroga para la celebración de la votación en diversos pueblos de la provincia incomunicados por la nieve.
Acuerdo:
La Junta Electoral Central ha acordado que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 52, párrafos 2 y 4 del Real Decreto-Ley sobre Normas Electorales, se convoque para nueva votación dentro de los dos próximos días. Si al llegar a este término no se hubiera podido celebrar la votación, deberá consultarse nuevamente con el Presidente de la Junta Central. La Junta Electoral Central acuerda dar un voto de confianza a su Presidente para ordenar la prórroga que fuera preciso en relación al extremo anterior.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 1979
Descriptores de materia:
PLAZOS
VOTACIÓN