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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 30/01/1979

Núm. Acuerdo: 17/1979

Núm. Expediente: 000/79013010

Autor: Junta Electoral Provincial de Cádiz

Objeto:

La Junta Electoral Provincial de Cádiz consulta sobre posible inelegibilidad para Concejal de oficial de Justicia del Distrito.

Acuerdo:

La Junta acuerda que el art.7.1.c) de la Ley de Elecciones Locales declara inelegibles a los "miembros de la carrera judicial y fiscal que se hallen en situación de servicio activo, incluidos los de la Justicia Municipal"; un precepto limitativo como el transcrito no puede interpretarse extensivamente, por lo que la inelegibilidad de los miembros de la carrera judicial alcanza sólo a los jueces (incluidos los de la Justicia municipal) y magistrados, pero no a un oficial de la Administración de Justicia.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1979

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Elegibilidad

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