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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/03/1979

Núm. Acuerdo: 62/1979

Núm. Expediente: 000/79030904

Objeto:

Consulta de la Junta de Zona de Santander sobre si la renuncia de un candidato a concejal una vez proclamado por la Junta de Zona provoca su exclusión de la lista de candidatos -(de acuerdo con la legislación electoral, esta consulta debe resolverla la Junta Electoral Provincial)-.

Acuerdo:

De acuerdo con el art. 16.9 de la Ley de Elecciones Locales, las bajas que se produzcan en las candidaturas por renuncia entre la fecha en que finalice el plazo de subsanación y el día de la votación, tienen plena efectividad, quedando sin cubrir, salvo que, de acuerdo con el párrafo 8 del mismo artículo, puedan ser cubiertas automáticamente. (Cuando la candidatura contuviese un número de candidatos superior al de vacantes).

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Renuncia

CANDIDATOS - Suplentes

ELECCIONES LOCALES

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