Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/02/1979
Núm. Acuerdo: 49/1979
Núm. Expediente: 000/79022106
Autor: | Junta Electoral Provincial de Barcelona |
Objeto:
La Junta Electoral Provincial de Barcelona consulta acerca de las peculiaridades que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley de Elecciones Locales, existan en materia de competencia de las Juntas, en relación con la campaña de propaganda electoral.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar a la de Barcelona que el art 20 de la citada Ley dispone que la campaña de propaganda electoral se regirá por lo dispuesto en el Capítulo I, Título V de las Normas Electorales, "con las peculiaridades derivadas del carácter local de estas elecciones que reglamentariamente se determinen". La única disposición que hasta ahora recoge peculiaridades sobre la campaña electoral en materia de elecciones locales es el Real Decreto 81/1979, de 5 de enero, por el que se desarrolla el art. 20 de la Ley de Elecciones Locales que es el que había de tenerse presente en la materia.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1979
Descriptores de materia:
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JUNTAS ELECTORALES - Competencias
PROPAGANDA ELECTORAL