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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/02/1979

Núm. Acuerdo: 52/1979

Núm. Expediente: 000/79022104

Autor: Alcalde

Objeto:

Recurso presentado por un Alcalde Presidente de un Ayuntamiento de la provincia de Segovia, en tal concepto y representación y en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Corporación municipal en Pleno, con fecha 2.2.79, contra la resolución de la Junta Electoral Provincial de fecha 13 de febrero de 1979, declarando no haber lugar a la admisión del recurso formulado en vía de reclamación por su antecesor, en el que se solicitaba se dejara sin efecto lo establecido en la relación publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia de 26 de enero del año en curso, estableciendo el número de componentes a elegir por cada una de las corporaciones locales.

Acuerdo:

La Junta acuerda estimar el recurso por cuanto el Decreto 3388/65, de 11 de noviembre, que modificaba la demarcación judicial, anexionando el Juzgado de 14 Instancia de Santa María la Real de Nieva a Segovia, declaraba expresamente en su art. 8 que las modificaciones introducidas no implicaban "alteración de las restantes demarcaciones de índole hipotecaria, administrativa, recaudatoria, electoral o de cualquier otra naturaleza", por lo que la Junta Electoral Central ha expresado ya su criterio de que la demarcación judicial aprobada por el Decreto de 11-11-65 no tiene efectos electorales.

Descriptores de materia:

CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL

CONCEJALES - Número

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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