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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/02/1979

Núm. Acuerdo: 120/1979

Núm. Expediente: 000/79021407

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Recurso del Partido del Trabajo de España contra acuerdo de 10 de los corrientes de la Junta Electoral Central, por el que se deja sin efecto el del día 5, sobre designación de Vocales del Comité de Radio y Televisión.

Acuerdo:

La Junta acuerda declarar inadmisible el recurso, puesto que el mismo supone la reposición contra un acuerdo resolutorio de reposición y, conforme al artículo 126.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, "contra la resolución de un recurso de reposición no puede interponerse de nuevo dicho recurso"; por otra parte, entrando en el fondo del asunto debe tenerse en cuenta que la admisión de los recursos del Partido Proverista y de Unión de Centro Democrático a los efectos de considerar que habían presentado en tiempo propuestas de candidaturas a miembros del Comité de Radio Televisión Española implicaba inexcusablemente proceder al nuevo nombramiento de los miembros del Comité, revocando el primitivo acuerdo. Y en consecuencia al proceder al nuevo nombramiento de los miembros del Comité, la Junta atendió con exclusividad a criterios seguidos anteriormente en esta materia por la misma, que le vinculaban, y en su virtud la aplicación de estos criterios dio lugar a la nueva designación del Comité para Radio y Televisión, en la forma que se notificó al recurrente.

Descriptores de materia:

COMISIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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