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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/02/1979

Núm. Acuerdo: 123/1979

Núm. Expediente: 000/79021411

Autor: Junta Electoral Provincial de León

Objeto:

Consultas de la Junta Electoral Provincial de León.

Acuerdo:

En relación con las consultas formuladas por esta Junta se acuerda comunicarle que el único país que prohibe la emisión del voto por los emigrantes es Suiza y, en cuanto a la otra consulta, que no es posible la asunción de la Presidencia de la Junta de Zona de Cistierna por el nuevo Juez de Distrito de dicha localidad, una vez que dicha Junta ha quedado ya constituída tanto a efectos de Elecciones Generales como de las Locales y dado lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto-Ley 20/1977.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1979

Elecciones a Cortes Generales 1979

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

PRESIDENTES DE JUNTAS ELECTORALES

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