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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/02/1979

Núm. Acuerdo: 138/1979

Núm. Expediente: 000/79021405

Autor: Particulares

Objeto:

Recursos contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Lérida que eleva a definitiva la relación de municipios de la provincia.
1º. El primer recurso interesa la asignación de tres Diputados provinciales al Partido Judicial de Tremp, por aplicación de las reglas de los artículos 31.2 y 31.3 de la Ley de Elecciones Locales.
2º. Formula un segundo recurso en el que suplica que se consideren subsistentes a efectos electorales los Partidos Judiciales de Solsona, Sort y Borjas Blancas, que fueron suprimidos por el Decreto de Demarcación Judicial de 11 de noviembre de 1965.

Acuerdo:

1º. La Junta acuerda desestimar este recurso, por cuanto la expresión "los restantes" a que alude el citado artículo 31.3 se refiere, en el caso concreto contemplado, al número de Diputados Provinciales que corresponderían en principio al Partido Judicial de Lérida pero no se le pueden asignar por exceder del tercio total de la Provincia, sin que pueda entenderse referida tal expresión, como pretende el recurrente, a los dos tercios restantes de los Diputados Provinciales.

2º. La Junta acuerda estimar dicho recurso, puesto que la nueva demarcación judicial aprobada por el Decreto de 11 de noviembre de 1965 no tiene efectos electorales.

Descriptores de materia:

DIPUTADOS PROVINCIALES

PARTIDO JUDICIAL

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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