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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/02/1979

Núm. Acuerdo: 139/1979

Núm. Expediente: 000/79021406

Autor: Particulares

Objeto:

Consulta sobre si las agrupaciones de electores que presentan candidatos en las elecciones locales pueden constituirse a nivel provincial para tener derecho acumulado a los puestos de Diputados provinciales que les correspondan.

Acuerdo:

La Junta acuerda que no es posible constituir agrupaciones de lectores de ámbito superior al Municipio, puesto que la razón de ser de tales agrupaciones es la proclamación de candidaturas en un ámbito electoral determinado que, en el presente caso, es el Municipio.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1979

Descriptores de materia:

AGRUPACIONES DE ELECTORES

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