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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 14/02/1979

Núm. Acuerdo: 140/1979

Núm. Expediente: 000/79021409

Autor: Junta Electoral de Zona de Las Palmas

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral de Las Palmas sobre los siguientes extremos:
1º. Si hay errata en el artículo 3 apartado 4 del Real Decreto 118/1979.
2º. Forma de redactar las listas electorales.
3º. Forma de remisión de la documentación electoral a la Junta de Zona de la capital por las de los demás partidos judiciales de la Isla.

Acuerdo:

1º. La Junta, visto que efectivamente existe una errata en el precepto citado, acuerda dirigirse al Ministerio del Interior, interesando se proceda a la corrección de la misma.

2º. La Junta acuerda quede sobre la mesa.

3º. La Junta acuerda que ha de estarse a lo dispuesto en el artículo 66 del Real Decreto-Ley 20/1977, dada la remisión establecida en el artículo 22 de la Ley de Elecciones Locales.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cabildos Insulares Canarios 1979

Descriptores de materia:

DOCUMENTACIÓN ELECTORAL

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

LISTAS ELECTORALES

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