Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/03/1979
Núm. Acuerdo: 151/1979
Núm. Expediente: 000/79032101
Autor: | Partido Comunista de España |
Objeto:
Recurso contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Cuenca denegando acto de propaganda electoral en la plaza de San Antón de dicha capital.
Acuerdo:
La Junta Electoral Central acuerda estimar el recurso, por cuanto el artículo 21.2 de la Constitución suprime el requisito de autorización para las reuniones mencionadas, limitándose a exigir que se dé comunicación previa a la autoridad "que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".
El acuerdo de la Junta de Cuenca no alude para nada a tales razones de orden público o peligros, sino que basa la denegación en la aplicación pura de la norma del Decreto- Ley; por consiguiente, no se aduce por el órgano a que las razones que, según el precepto consitucional, legitimarían la prohibición del acto.
Finalmente, hay que tener en cuenta que en su reunión del día 24 de enero de 1979 (acta nº 48) la Junta Electoral Central resolvió consulta de la Junta Electoral de Valencia sobre vigencia del artículo 41 del Decreto- Ley, en el sentido de que había que considerarlo aplicable a las Elecciones Generales dado lo establecido en la disposición transitoria octava tres de la Constitución, lo que, a sensu contrario, viene a implicar el reconocimiento de que el párrafo final del artículo 41 está en contradicción con la norma constitucional y, por consiguiente, ha de aplicarse preferentemente cuando, como ocurre en las Elecciones Locales, no existe una disposición como la que en relación con las Generales estableció la transitoria octava tres de la Constitución.
Otros acuerdos JEC relacionados:
4/1979 (sesión:24/01/1979)
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1979
Elecciones a Cortes Generales 1979
Descriptores de materia:
CAMPAÑA ELECTORAL - Actos
PROPAGANDA ELECTORAL
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
REUNIONES Y MANIFESTACIONES