Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/1979

Núm. Acuerdo: 174/1979

Núm. Expediente: 000/79051704

Autor: Junta Electoral Provincial de Oviedo

Objeto:

Junta Electoral Provincial de Oviedo. Consulta sobre interpretación del artº. 4º del real Decreto- Ley 29/1978 sobre régimen preautonómico de Asturias.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central acuerda declararse incompetente para pronunciarse sobre dicha materia, dado que el precepto aludido se refiere a la designación por la Diputación Provicial de Oviedo de cierto número de miembros del Consejo Regional de Asturias; no se trata, por tanto, de cuestión relacionada con las Elecciones Generales ni con las Locales, que son los ámbitos a los que se extiende la competencia de la Junta Electoral Central, conforme al artículo 14 del Real Decreto -Ley 20/1977 y al segundo de la Ley de Elecciones Locales; es por eso por lo que el artículo 10 del propio Decreto -Ley 29/78 en lugar de reconocer competencias a las Juntas Electorales, lo que hace es facultar al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de los previsto en el Decreto- Ley.

Descriptores de materia:

JUNTA ELECTORAL CENTRAL

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

   Volver