Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/01/1979
Núm. Acuerdo: 171/1987
Núm. Expediente: 000/79011003
Autor: | Junta Electoral Provincial de Pontevedra |
Objeto:
Junta Electoral Provincial de Pontevedra:
a) Consulta sobre si tienen o no que constituirse de nuevo la Junta Provincial y las de Zona.
b) Consulta sobre si ha de procederse a la fijación del número y limites de Secciones electorales y designación de locales.
Acuerdo:
a) La Junta acuerda comunicar a la Provincial de Pontevedra que, sin perjuicio de que sea con la misma composición que actualmente tienen, las Juntas han de celebrar un acto formal de constitución provisional y ulteriormente la definitiva.
b) La Junta acuerda que en principio y por aplicación analógica del criterio sentado en los arts. 1º, punto 4 y 5º, punto 2 del Real Decreto 2120/78 de 25 de agosto, debe subsistir la fijación del número y limites de las Secciones electorales, designación de locales y de los Presidentes y adjuntos de Mesa que se llevaron a cabo a los efectos del Referéndum nacional.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 1979
Descriptores de materia:
COLEGIOS ELECTORALES - Designación
JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES
SECCIONES ELECTORALES