Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 13/02/1980
Núm. Acuerdo: 3/1980
Núm. Expediente: 000/80021306
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Córdoba sobre si pueden realizar actos de propaganda electoral todos los partidos o sólo los que tengan representación parlamentaria.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar a la de Córdoba que pueden realizar actos de propaganda todos los partidos políticos aunque no tengan representación parlamentaria, si bien en cuanto al derecho a espacios gratuitos en los medios oficiales de comunicación habrá de estarse a la legislación vigente.
Descriptores de materia:
ESPACIO GRATUITO
PARTIDOS POLÍTICOS
PROPAGANDA ELECTORAL