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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/09/1982

Núm. Acuerdo: 28/1982

Núm. Expediente: 000/82091503

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Alianza Popular consulta sobre la documentación para el voto por correo de los residentes ausentes.

Acuerdo:

La Junta acuerda evacuar la consulta en el sentido siguiente:

a) El envío de la documentación a los inscritos en dicho censo se realiza de oficio de conformidad con la Orden de 17 de enero de 1979 y, naturalmente, la Junta de Zona deberá comprobar la inscripción en el mismo.

b) La citada Orden dispone que la documentación que se envíe es la prevista en el art. 57.2 del Real Decreto-Ley 20/1977, por lo que el envío se hace, si bien de oficio, en la misma forma y con los efectos previstos en dicho precepto, es decir con la anotación de que el voto se ejercerá por correo, instruyendo en este sentido a las Juntas de Zona a través de las Provinciales.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Datos

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

VOTO POR CORRESPONDENCIA

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