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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/09/1982

Núm. Acuerdo: 27/1982

Núm. Expediente: 000/82091502

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Alianza Popular consulta sobre inelegibilidad.

Acuerdo:

La Junta acuerda evacuar la consulta en los siguientes términos:

a) La inelegibilidad afecta a todo el que ostente alguno de los cargos inelegibles a partir de las cero horas del día 7 de septiembre de 1982.
b) El inciso final del art. 4.3 debe interpretarse en el sentido de que son inelegibles no sólo los que ostenten los cargos correspondientes en la fecha mencionada, sino también quienes accedan a los mismos en cualquier fecha posterior a la citada y anterior al día de la votación.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad

INELEGIBILIDAD

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