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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/09/1982

Núm. Acuerdo: 25/1982

Núm. Expediente: 000/82090704

Objeto:

Consulta elevada a la Junta en nombre y representación de la Federación de Alianza Popular sobre si la utilización de una avioneta anunciadora de la celebración de actos públicos en locales no oficiales ni lugares abiertos al uso público con participación de personalidades políticas del grupo al que representa con exhibición del anagrama del mismo grupo y lanzamiento de fotografías, sin que en ningún caso se haga alusión a la celebración de elecciones ni captación de sufragios, puede reputarse actividad comprendida como propaganda electoral a la vista del art. 37 del Real Decreto-Ley sobre Normas Electorales.

Acuerdo:

La Junta acuerda que, si como parece desprenderse de los términos estrictos del escrito del consultante, los actos programados no constituyen propaganda electoraI, estarían amparados por la libertad de expresión cuya salvaguarda corresponde a los Tribunales de Justicia y por el art. 43 del Real Decreto-Ley de 18 de marzo.

Descriptores de materia:

PARTIDOS POLÍTICOS

PROPAGANDA ELECTORAL

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