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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/04/1983

Núm. Acuerdo: 17/1983

Núm. Expediente: 000/83042108

Autor: Junta Electoral Provincial de Santander

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral Provincial de Santander sobre si existe legislación acerca de la concesión de permisos a los candidatos trabajadores por las empresas con cargo a las vacaciones y sobre utilización de la bandera de España en manifestaciones, mítines y carteles de propaganda.

Acuerdo:

La Junta acuerda comunicar a la Provincial de Santander que no existe legislación electoral específica sobre derecho de los candidatos trabajadores a disfrutar permisos durante la campaña electoral por lo que habrá de estarse a la legislación laboral aplicable. En relación con la consulta de la mencionada Junta Provincial sobre uso de la bandera de España en manifestaciones, mítines y carteles de propaganda, la Junta acuerda comunicar a la Provincial que el uso de la bandera española se encuentra regulado por la Ley 39/1981, de 28 de octubre, cuyo art. 89 establece lo siguiente: "Se prohibe la utilización en la bandera de España de cualesquiera símbolos o siglas de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas"; y la disposición derogatoria establece: "Quedan derogados el Real Decreto 2749/1978, de 24 de noviembre (R. 2551), sobre utilización de la bandera nacional y cuantas otras disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Ley".

Descriptores de materia:

CAMPAÑA ELECTORAL - Actos

CANDIDATOS - Permisos

EMBLEMAS

REUNIONES Y MANIFESTACIONES

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