Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 17/01/1983
Núm. Acuerdo: 1/1983
Núm. Expediente: 000/83011703
Autor: | Dirección General de Política Interior (M.Interior) |
Objeto:
Consulta de la Dirección General de Política Interior sobre partidos judiciales a efectos de las elecciones locales.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar al Ministerio del Interior que, según tiene reiteradamente acordado y conforme a lo dispuesto en el art. 3 del Decreto 3388/1965, de 11 noviembre, las modificaciones introducidas por dicho Decreto en las demarcaciones judiciales no tienen efectos electorales, por lo que siguen rigiendo las demarcaciones anteriores al citado decreto del 11 de noviembre de 1965 y teniendo en cuenta, además, que le Ley 17/1982, de 21 mayo, de creación de Nuevos Juzgados en Cataluña y en el País Vasco, no tiene aún efectividad por no haber entrado en funcionamiento los nuevos Juzgados.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 1983
Descriptores de materia:
MINISTERIO DEL INTERIOR
PARTIDO JUDICIAL