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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 04/02/1985

Núm. Acuerdo: 21/1985

Núm. Expediente: 000/85020401

Autor: Otros

Objeto:

El Exmo. Sr. Director General de Estadística informa a la Junta de la campaña de difusión del período de exposición de listas y de reclamaciones para la rectificación del censo electoral, campaña de la misma intensidad que las llevadas a cabo en años anteriores; no obstante, somete a informe de la Junta, por si ésta considera oportuna su publicación, un proyecto de Orden Ministerial por la que se amplía el plazo de exposición de las listas.

Acuerdo:

Se abre un debate sobre el número de días que debe comprender esa ampliación, así como acerca de la redacción de los preceptos de la Orden, acordándose que la ampliación sea hasta el 15 de febrero; que los plazos a que se refieren los artículos 13 a 17 de la Orden de 23 de marzo de 1984 se amplíen en 10 días; que se haga mención expresa, tanto en la denominación de la Orden como en el artículo 1º, de que el plazo que se amplía no es sólo de exposición de listas sino también de admisión de reclamaciones; y, finalmente, que se incluya una disposición por la que se establezca la entrada en vigor de la Orden el mismo día de su publicación.

Así mismo, se acuerda dirigir una comunicación al Ministerio de Economía y Hacienda para que, de conformidad con lo establecido en la disposición final 2ª de la Orden Ministerial de 23 de marzo de 1984, arbitre los medios necesarios para el funcionamiento de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Datos

CENSO ELECTORAL - Rectificaciones

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Datos

PLAZOS

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