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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 18/06/1986

Núm. Acuerdo: 281/1986

Núm. Expediente: 000/86061827

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Falange Española de las JONS (Auténtica). Pretende ejercer el derecho de rectificación por el tratamiento que ha tenido su partido en TVE (inexactitudes, etc.).

Acuerdo:

La Junta acuerda que la reclamación formulada debe plantearse con sujeción a la Ley Orgánica 2/84, de 23 de marzo, ante las entidades y por las vías establecidas en la citada Ley con las especialidades prevenidas en el artº 68 de la Ley Electoral.

Descriptores de materia:

DERECHO DE RECTIFICACIÓN

PARTIDOS POLÍTICOS

TELEVISIÓN

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