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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 20/01/1986

Núm. Acuerdo: 3/1986

Núm. Expediente: 000/86012001

Autor: Particulares

Objeto:

Recusos contencioso-electoral interpuesto por un particular.

Acuerdo:

La Junta acuerda remitir a la Sala de lo Contencioso-Adminisitrativo corresponiente de la Audiencia Territorial de Madrid el expediente junto con el informe concebido en los siguientes términos:

"Informe relativo a recuso contencioso-electoral de un particular contra acuedo de la JEC de 16/12/1985 por el que se declara inadmisible reclamación sobre nombramiento de un Diputado Autonómico

De conformidad con lo dispuesto en el art.109 de la LOREG, pueden ser objeto de recurso contencioso-electoral los acuerdos de las Juntas Electorales sobre proclamación de los Presidentes de las Corporaciones Locales.

El acuerdo de 16 de diciembre de 1985 no esá comprendido en ninguno de los suspuestos acabados de mencionar, por lo que, a tenor del art.113.2.a) de la citada Ley, debe informarse el recurso en el sentido de estimar procedente la declaración de la inadmisibilidad del mismo, ya que el ahora recurrente debería haber dirigido el recurso contencioso-electoral en su día contra el acuerdo de la JEP de Madrid de 22 de mayo de 1985."

Descriptores de materia:

CORPORACIONES LOCALES

DIPUTADOS PROVINCIALES - Designación

RECURSOS CONTENCIOSOS-ELECTORALES

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