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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 27/01/1986

Núm. Acuerdo: 5/1986

Núm. Expediente: 000/86012703

Autor: Alcalde

Objeto:

Escrito de un alcalde de una población comprendida entre 100 y 250 habitantes.

Acuerdo:

La Junta acuerda que la credencial del nuevo concejal para ocupar vacante debe ser expedida a favor del candidato siguiente en número de votos populares, rectificando así el error padecido en su día como consecuencia de certificación expedida por el Secretario de la Audiencia Provincial de Toledo.

Descriptores de materia:

CERTIFICACIONES

CONCEJALES - Credenciales

CONCEJALES - Sustitución

MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES

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