Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 24/02/1986
Núm. Acuerdo: 24/1986
Núm. Expediente: 000/86022403
Autor: | Junta Electoral Provincial de Ciudad Real |
Objeto:
Consulta de la Junta Electoral Provincial de Ciudad Real sobre necesidad de los Interventores de aportar certificación de inscripción en el censo.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar a la Provincial de Ciudad Real que deberá aportarse tal certificación, si bien, dado el ámbito de la consulta del referéndum y lo dispuesto en el artículo 78.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, puede ser Interventor en cualquier Mesa cualquier elector inscrito en el censo, cualquiera que sea el lugar en que esté inscrito, aunque no sea de la misma provincia.
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
CERTIFICADOS DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO ELECTORAL
JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES