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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 26/03/1986

Núm. Acuerdo: 63/1986

Núm. Expediente: 000/86032603

Autor: Ayuntamiento

Objeto:

Un Ayuntamiento consulta sobre incompatibilidad del cargo de concejal con el de Juez de Paz.

Acuerdo:

Se acuerda, a la vista de lo dispuesto en los arts. 102, 389.2° y 390, todos ellos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, comunicar al Ayuntamiento que deberá conceder al concejal afectado - un plazo de 8 días para optar entre uno y otro cargo, entendiéndose - que renuncia al nombramiento judicial si no hace uso de la opción en el indicado plazo.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE PAZ

PLAZOS

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