Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 26/03/1986
Núm. Acuerdo: 63/1986
Núm. Expediente: 000/86032603
Autor: | Ayuntamiento |
Objeto:
Un Ayuntamiento consulta sobre incompatibilidad del cargo de concejal con el de Juez de Paz.
Acuerdo:
Se acuerda, a la vista de lo dispuesto en los arts. 102, 389.2° y 390, todos ellos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, comunicar al Ayuntamiento que deberá conceder al concejal afectado - un plazo de 8 días para optar entre uno y otro cargo, entendiéndose - que renuncia al nombramiento judicial si no hace uso de la opción en el indicado plazo.
Descriptores de materia:
CONCEJALES - Incompatibilidad
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE PAZ
PLAZOS