Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 12/05/1986
Núm. Acuerdo: 90/1986
Núm. Expediente: 000/86051205
Autor: | Formaciones políticas |
Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Consulta de diversas Juntas Provinciales y de la Coalición Electoral Izquierda Unida sobre posibilidad de impresión bilingüe de los sobres y papeletas de votación.
Acuerdo:
La Junta acuerda lo siguiente:
1) Reconocer el derecho a imprimir papeletas y sobres en las distintas lenguas oficiales en cada una de las Comunidades Autónomas que tengan reconocida una lengua oficial además del castellano, pero sin que en ningún caso puedan imprimirse papeletas bilingües, pues to que el Real Decreto 1732/85, de 24 de septiembre, dispone expresamente en su anexo 3 que tanto las papeletas para el Congreso como las del Senado contendrán la impresión en una sola cara.
2) En todo caso, los nombres y apellidos de los candidatos deberán figurar en las papeletas en la misma forma e idioma en que figuran en la presentación y proclamación de candidaturas.
Descriptores de materia:
LENGUAS ESPAÑOLAS
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES