Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 18/06/1986
Núm. Acuerdo: 189/1986
Núm. Expediente: 000/86061803
Autor: | Junta Electoral Provincinal de Melilla |
Objeto:
La Junta Electoral Provincial de Melilla consulta sobre si un partido político que no ha presentado candidatura a las elecciones puede o no realizar actos de propaganda electoral y pedir la abstención de los electores.
Acuerdo:
Las entidades políticas no concurrentes a las elecciones no pueden realizar actos de campana electoral pero sí ejercitar la libertad de expresión amparada por el art° 20 de la Constitución.
Descriptores de materia:
PARTIDOS POLÍTICOS
PROPAGANDA ELECTORAL