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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 22/09/1986

Núm. Acuerdo: 212/1986

Núm. Expediente: 000/86092215

Autor: Ayuntamiento

Objeto:

Comunicación de un Ayuntamiento sobre inconveniencia de cubrir vacantes de concejales dado el tiempo que falta para las nuevas elecciones municipales.

Acuerdo:

La Junta acuerda comunicar al Ayuntamiento que la Ley Electoral no fija el límite temporal en orden a la cobertura de las vacantes de concejales, por lo que el Ayuntamiento deberá comunicar a la Junta las vacantes existentes a fin de que se expidan las credenciales a quienes deban ocuparlas.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Vacantes

ELECCIONES LOCALES

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