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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 30/01/1987

Núm. Acuerdo: 203/1987

Núm. Expediente: 000/87013011

Autor: Oficina del Censo Electoral

Objeto:

Diversas consultas planteadas por la Oficina del Censo Electoral:
a) Informe sobre la elaboración de listas electorales deducidas del Fichero Nacional de Electores y télex comunicando que, como consecuencia del enorme volumen de trabajo y de los problemas surgidos en el proceso informático de la elaboración de las listas electorales, las mismas no podrán exponerse al público el día 26 de enero en diversas provincias.
b) Informe que se eleva a la Junta Electoral Central sobre el calendario electoral de 1987 y su posible incidencia en el electorado.
c) Informe que la Oficina del Censo Electoral eleva a la Junta Electoral Central sobre sustitución de la escritura a mano de los sobres del elector y Sr. Presidente de la Mesa por etiquetas impresas por ordenador.

Acuerdo:

a) La Junta acuerda que en los municipios en los que no haya sido posible la exposición de las listas censales el día 26 de enero, se produzca la oportuna modificación de las fechas de exposición, siempre respetando en todo caso el número de días inicialmente previstos para exposición de listas de reclamaciones; acuerda también la Junta que, concluído el proceso de exposición y elaboración de las listas censales, se informe por el Sr. Director de la Oficina del Censo de las dificultades planteadas en determinados municipios.

b) La Junta acuerda que es imposible, salvo que se modificara la Ley Orgánica Electoral, alterar la fecha de 1 de agosto prevista para la entrada en vigor de las listas electorales en el artículo 38.2 de la citada Ley.

c) La Junta acuerda que no existe inconveniente en la utilización de las aludidas etiquetas.

Descriptores de materia:

LISTAS ELECTORALES

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

PLAZOS

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