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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 30/01/1987

Núm. Acuerdo: 2/1987

Núm. Expediente: 000/87013006

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Coalición Popular formula las siguientes consultas en relación con las elecciones locales:
1) Ante qué Junta Electoral es necesario constituir la coalición.
2) Si hay algún impedimento legal para que el administrador electoral sea el mismo en todas las provincias.
3) Si cabe nombrar a un representante general o provincial, por cada partido coaligado, como se autorizó en las elecciones generales de 22 de junio.
4) Si en un municipio, en el que no se presente la coalición se admitiría la candidatura en solitario de algún partido integrante de la misma.

Acuerdo:

Respecto a cada una de las consultas, la Junta acuerda lo siguiente:

1) En cuanto a la Junta Electoral competente para constitución de coaliciones, esta Junta Electoral Central tiene acordado que, si el ámbito de la coalición comprende más de una provincia, la Junta Electoral competente para hacer constar su constitución es la Junta Electoral Central; en caso de que la coalición se circunscriba a una sola provincia, cabe hacer constatar su constitución tanto ante la Junta Electoral Central como ante la Junta Electoral Provincial.

2) No existe impedimento legal para que el administrador electoral sea el mismo en todas las provincias.

3) En el supuesto de coaliciones electorales es posible el nombramiento de un representante general o provincial por cada partido coaligado, con las facultades previstas en la Ley Electoral, tenga esta designación plural carácter solidario o indistinto.

4) En el supuesto de las elecciones locales cada término municipal constituye una circunscripción, por lo que en un municipio en el que no se presenta candidatura por una coalición electoral es posible la presentación de uno de los partidos integrantes de la misma, salvo que otra cosa se hubiera hecho constar en el escrito de constitución de la coalición.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1987

Descriptores de materia:

ADMINISTRADORES ELECTORALES

CANDIDATURAS - Presentación

COALICIONES ELECTORALES

REPRESENTANTES ELECTORALES - Designación

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