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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/04/1987

Núm. Acuerdo: 23/1987

Núm. Expediente: 000/87040303

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Denuncias de Alianza Popular sobre la no exposición de listas del censo en Narboneta (Cuenca) y Granada.
a) Narboneta: Según la denuncia no se han expuesto en absoluto las listas, por lo que, a tenor de la misma denuncia, se practican actuaciones por el Juzgado de Instrucción de Cuenca, como consecuencia de lo cual no parece procedente por el momento, que la Junta incoe expediente sancionador. La Oficina de Censo Electoral informa que, sin perjuicio de la remisión de las listas por las Delegaciones Provinciales de dicha Oficina, no se tiene conocimiento de que las listas no hayan sido expuestas, pero tampoco se acredita que sí lo hayan sido.
b)Granada: Se denuncia retraso en el inicio de la exposición y, consecuentemente, en la finalización de dicha exposición, y, plazo de relcamaciones, anunciándose estos extremos mediante comunicación expuesta que lleva membrete de la Delegación Provincial del Censo Electoral y sello de dicha Oficina, pero no firma.

Acuerdo:

a)Con respecto al caso de Narboneta: La Junta acuerda que por la Oficina de Censo Electoral se verifique fehacientemente el extremo y, en su caso, se proceda a la exposición por los plazos y las garantías legales. Igualmente acuerda dirigirse al Juzgado de Instrucción de Cuenca en solicitud de que comunique la resolución final de las actuaciones que está practicando dicho Juzgado.

b)Con respecto al caso de Granada: La Junta acuerda que la falta de firma del anuncio de dicha exposición no constituye irregularidad que impida que el escrito pueda conseguir su fin ni produzca indefensión, por lo que, conforme al art. 48.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, tal irregularidad no afecta a la validez del acto.

Descriptores de materia:

CENSO ELECTORAL - Irregularidades

LISTAS ELECTORALES

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