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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/04/1987

Núm. Acuerdo: 38/1987

Núm. Expediente: 000/87042406

Autor: Concejal

Objeto:

Denuncia de los Concejales del Ayuntamiento de Alesanco (La Rioja) sobre la reposición en el cargo de alcalde de un concejal cesado como tal por razones de incompatibilidad.

Acuerdo:

La Junta acuerda comunicar a los denunciantes que, no habiéndose dado traslado a la Junta Electoral Central, único órgano competente, de ningún acuerdo municipal por la que se declare la vacante a la que se refieren los denunciantes, la Junta Central no ha expedido credencial a favor de ningún candidato suplente, por lo que, en este momento, la cuestión que se plantea no es de carácter electoral, sino de régimen local, ajena, por tanto, a la competencia de la Junta.

Descriptores de materia:

ALCALDES - Vacantes

CONCEJALES - Incompatibilidad

DESTITUCIÓN

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

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