Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 24/04/1987
Núm. Acuerdo: 38/1987
Núm. Expediente: 000/87042406
Autor: | Concejal |
Objeto:
Denuncia de los Concejales del Ayuntamiento de Alesanco (La Rioja) sobre la reposición en el cargo de alcalde de un concejal cesado como tal por razones de incompatibilidad.
Acuerdo:
La Junta acuerda comunicar a los denunciantes que, no habiéndose dado traslado a la Junta Electoral Central, único órgano competente, de ningún acuerdo municipal por la que se declare la vacante a la que se refieren los denunciantes, la Junta Central no ha expedido credencial a favor de ningún candidato suplente, por lo que, en este momento, la cuestión que se plantea no es de carácter electoral, sino de régimen local, ajena, por tanto, a la competencia de la Junta.
Descriptores de materia:
ALCALDES - Vacantes
CONCEJALES - Incompatibilidad
DESTITUCIÓN
JUNTAS ELECTORALES - Competencias