Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 18/05/1987

Núm. Acuerdo: 90/1987

Núm. Expediente: 000/87051803

Autor: Junta Electoral de Comunidad Autónoma

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral de las Islas Baleares sobre opción por incompatibilidad entre los cargos de Diputado al Parlamento Europeo y al Parlamento de las Islas Baleares.

Acuerdo:

La Junta acuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 211.3 de la LOREG, no hay lugar a opción, sino que, en tal supuesto, "la incompatibilidad se resuelve a favor de la condición parlamentaria adquirida en último término" [art. 211 añadido por art. 2 de Ley Orgánica 1/1987, de 2 de abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de la LOREG, para la regulación de las elecciones al Parlamento Europeo (BOE núm. 80, de 3 de abril de 1987)].

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de las Illes Balears 1987

Elecciones al Parlamento Europeo 1987

Descriptores de materia:

DIPUTADOS AL PARLAMENTO EUROPEO

DIPUTADOS PROVINCIALES - Incompatibilidad

   Volver