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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/1987

Núm. Acuerdo: 100/1987

Núm. Expediente: 000/87052106

Autor: Junta Electoral Provincial de Teruel

Objeto:

Consulta de la Junta Electoral Provincial de Teruel sobre elección del Presidente de Diputación Provincial si ninguno de los candidatos obtiene mayoría simple en la segunda votación prevista en el art° 207.2.

Acuerdo:

La Junta, examinados las arts. 207, que no contiene ninguna regla para resolver el supuesto planteado que sólo podría darse en caso de empate entre dos candidatos, y 196 c), que establece que, si ninguno de los candidatos a Alcalde obtiene mayoría absoluta, es proclamado Alcalde el concejal que encabece la lista con el mayor número de votos populares en el municipio, resolviéndose por sorteo en caso de empate, acuerda que no es posible aplicar analógicamente lo dispuesto en este precepto al supuesto planteado, por lo que, asimismo, acuerda dirigirse al Gobierno para que dicte la norma del rango correspondiente que permita integrar la laguna referida.

Descriptores de materia:

ESCRUTINIO

PRESIDENTES DE DIPUTACIONES PROVINCIALES - Elección

RESULTADOS ELECTORALES - Mayorías

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