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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/1987

Núm. Acuerdo: 96/1987

Núm. Expediente: 000/87052203

Objeto:

Consulta de Acción Social sobre si el citado partido tiene derecho o no a diez minutos en los espacios gratuitos de propaganda electoral de cada uno de los medios de titularidad pública.

Acuerdo:

La Junta reitera su acuerdo adoptado en la reunión del día 18 de los corrientes, del siguiente tenor:

Dada la referencia en los artículos 60 y siguientes de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General a emisoras de Televisión y Radio de titularidad pública y no solamente estatal, hay que entender que, en los términos previstos en los preceptos correspondientes, las candidaturas al Parlamento Europeo que se presentan en todo el territorio estatal tendrán los derechos reconocidos en los preceptos aludidos en cualesquiera medios de titularidad pública. Asímismo acuerda dirigir circular a las Juntas Electorales Provinciales y al Partido Regionalista de Cantabria.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 1987

Descriptores de materia:

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MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

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