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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/05/1987

Núm. Acuerdo: 115/1987

Núm. Expediente: 000/87052905

Autor: Junta Electoral Provincial de Cantabria

Objeto:

La Junta Provincial de Cantabria traslada escrito de consulta del Partido Socialista Obrero Español sobre si los candidatos a elecciones locales pueden ser Interventores de las correspondientes candidaturas.

Acuerdo:

La Junta acuerda comunciar a la de Cantabria que el artº 78 de la LOREG no impide que los candidatos puedan ser interventores, prohibición que sí establece el artº 27.1 del mismo texto legal en resolución con el Presidente y Vocales de las Mesas Electorales, siempre que sean electores en el distrito al que corresponda la Mesa en la que hayan de ser Interventores.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 1987

Descriptores de materia:

APODERADOS E INTERVENTORES

CANDIDATOS - Incompatibilidad

ELECCIONES LOCALES

PARTIDOS POLÍTICOS

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