Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 30/06/1987
Núm. Acuerdo: 164/1987
Núm. Expediente: 000/87063019
Autor: | Junta Electoral de Zona de Almería |
Junta Electoral de Zona de Zamora |
Objeto:
Las Juntas Electorales de Zona de Almería y Zamora consultan si, ante la interposición de recursos contencioso-electorales contra la proclamación de electos en determinados municipios, la proclamación de Diputados Provinciales debe ser pospuesta a la constitución de los correspondientes Ayuntamientos.
Acuerdo:
La Junta acuerda que de conformidad con el art° 205 de la Ley Electoral deben estar constituídos todos los Ayuntamientos de la respectiva provincia antes de que por la Junta de Zona se proceda inmediatamente a formar una relación de todos los partidos políticos, coaliciones, federaciones y cada una de las agrupaciones de electores que hayan obtenido algún concejal dentro de cada partido judicial.
Descriptores de materia:
ELECCIONES DE DIPUTADOS PROVINCIALES
PROCLAMACIÓN DE ELECTOS
RECURSOS CONTENCIOSOS-ELECTORALES