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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 30/06/1987

Núm. Acuerdo: 164/1987

Núm. Expediente: 000/87063019

Autor: Junta Electoral de Zona de Almería
Junta Electoral de Zona de Zamora

Objeto:

Las Juntas Electorales de Zona de Almería y Zamora consultan si, ante la interposición de recursos contencioso-electorales contra la proclamación de electos en determinados municipios, la proclamación de Diputados Provinciales debe ser pospuesta a la constitución de los correspondientes Ayuntamientos.

Acuerdo:

La Junta acuerda que de conformidad con el art° 205 de la Ley Electoral deben estar constituídos todos los Ayuntamientos de la respectiva provincia antes de que por la Junta de Zona se proceda inmediatamente a formar una relación de todos los partidos políticos, coaliciones, federaciones y cada una de las agrupaciones de electores que hayan obtenido algún concejal dentro de cada partido judicial.

Descriptores de materia:

ELECCIONES DE DIPUTADOS PROVINCIALES

PROCLAMACIÓN DE ELECTOS

RECURSOS CONTENCIOSOS-ELECTORALES

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