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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 07/04/1988

Núm. Acuerdo: 18/1988

Núm. Expediente: 000/88040701

Objeto:

Prórroga del mandato de las Juntas Electorales Provinciales de la Comunidad Autónoma de Cataluña para las elecciones al Parlamento de la referida Comunidad Autónoma, convocadas por Decreto de la Generalitat de Catalunya nº 64/1988, de 3 de abril.

Acuerdo:

La Junta adopta, tras amplia deliberación, trasladar al Excmo. Sr. Presidente del Consejo General del Poder Judicial el siguiente acuerdo:

Mantener su criterio en el sentido de que, como consecuencia de la convocatoria de elecciones al Parlamento de Cataluña dentro de los cien días siguientes a la realización de las operaciones electorales correspondientes a las elecciones para los Consejos Comarcales de Cataluña, debe entenderse prorrogado el mandato de las Juntas Electorales Provinciales a los efectos de las Elecciones al Parlamento de Cataluña, en virtud de lo dispuesto en el arte 15.3 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General.

El presente acuerdo se fundamenta en la consideración de que las mencionadas Juntas Electorales Provinciales se encuentran dentro del supuesto previsto en el arte 15.3 de la Ley Electoral en cuanto que las mismas estaban constituidas para la elección de los Consejos Comarcales, elección sustantiva convocada por el Decreto de la Generalitat de Catalunya nº 365/1987, de 22 de diciembre.

Se acuerda trasladar asi mismismo dicho acuerdo a las Juntas Electorales afectadas.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 1988

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES - Mandato

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

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