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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/02/1989

Núm. Acuerdo: 2/1989

Núm. Expediente: 000/89020303

Objeto:

Exposición sobre sustitución de Diputados Provinciales por el partido judicial de Jerez. Al Partido Andalucista le fueron asignados 4 Diputados Provinciales de Cádiz por el partido judicial de Jerez de la Frontera; elegidos los cuatro Diputados titulares y los tres suplentes, el representante legal del partido comunica el propósito de dos de los titulares y los tres suplentes de renunciar a sus respectivas condiciones e interesa de la Junta Electoral Central la adopción de las medidas necesarias para cubrir las dos vacantes que se producen en la Diputación.

Acuerdo:

La Junta acuerda que de conformidad con el articulo 208.2 de la LOREG ha de procederse a nueva elección de Diputados Provinciales una vez declaradas las vacantes de acuerdo con el procedimiento del artículo 206. En este precepto se prevé que la Junta Electoral, en la situación presente la Junta Electoral Central, convoque a la: totalidad de los concejales del partido político correspondiente para que elijan de entre las listas de candidatos avaladas al menos por un tercio de dichos concejales, a los diputados y a tres suplentes, procediendo después la Junta, efectuada la elección, a proclamar a los electos suplentes y expedir las correspondientes credenciales.

Descriptores de materia:

DIPUTADOS PROVINCIALES - Renuncia

DIPUTADOS PROVINCIALES - Vacantes

ELECCIONES DE DIPUTADOS PROVINCIALES

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