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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/1989

Núm. Acuerdo: 47/1989

Núm. Expediente: 000/89051705

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Frente Nacional solicita vista de los expedientes de las candidaturas al Parlamento Europeo de Herri Batasuna, Partido Hurrianista y Agrupaciones de Electores.

Acuerdo:

Ratificar la resolucidn de la Presidencia de 16 de los corrientes, de conformidad con lo dispuesto en el art. 20, párrafo último de la Ley Electoral cuyo contenido es el siguiente:

"No ha lugar al examen de las candidaturas a las elecciones al Parlamento Europeo presentadas por Herri Batasuna, BACTERIA, Partido Humanista, Agrupación de Electores "Europa por la Vida" y "Agrupación de Electores José María Ruiz Mateos" por cuanto:

1. El momento procesal oportuno para tal trámite es el previsto en el art. 47.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

2. La aplicación supletoria de la Ley de Procedimiento Administrativo a que se refiere el art. 120 de la Ley Orgánica 5/1985 se refiere exclusivamente a "todo lo no específicamente regulado por esta Ley" por lo que no ha lugar a tal aplicación supletoria al establecerse en la Ley Orgánica 5/1985 un trámite específico de vista y denuncia.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 1989

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Irregularidades

CANDIDATURAS - Presentación

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