Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 05/10/1989
Núm. Acuerdo: 159/1989
Núm. Expediente: 000/89100501
Autor: | Otros |
Objeto:
Recurso formulado por el Secretario del Juzgado de 1ª Instancia de Málaga contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Málaga por el que se nombra Secretario de la Junta al del Juzgado Decano cuando fue el recurrente el que desempeñó el cargo en las anteriores elecciones al Parlamento Europeo.
Acuerdo:
Estimar el recurso, por cuanto, según tiene reiteradamente acordado la Junta Electoral Central, de conformidad con el art. 16.1 de la LOREG, los miembros de las Juntas Electorales y los que desempeñan las Secretarías son inamovibles durante el mandato de los referidos órganos.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento Europeo 1987
Descriptores de materia:
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Mandato
SECRETARIOS JUDICIALES