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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 05/10/1989

Núm. Acuerdo: 159/1989

Núm. Expediente: 000/89100501

Autor: Otros

Objeto:

Recurso formulado por el Secretario del Juzgado de 1ª Instancia de Málaga contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Málaga por el que se nombra Secretario de la Junta al del Juzgado Decano cuando fue el recurrente el que desempeñó el cargo en las anteriores elecciones al Parlamento Europeo.

Acuerdo:

Estimar el recurso, por cuanto, según tiene reiteradamente acordado la Junta Electoral Central, de conformidad con el art. 16.1 de la LOREG, los miembros de las Juntas Electorales y los que desempeñan las Secretarías son inamovibles durante el mandato de los referidos órganos.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 1987

Descriptores de materia:

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

SECRETARIOS DE JUNTAS ELECTORALES - Mandato

SECRETARIOS JUDICIALES

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