Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 27/02/1990
Núm. Acuerdo: 11/1990
Núm. Expediente: 000/90022707
Autor: | Oficina del Censo Electoral |
Objeto:
La Oficina del Censo Electoral remite relación de municipios que no han enviado la documentación para la revisión del censo electoral a 1 de 1990. Dado que son 2.530 Ayuntamientos, lo que representa el 37% del censo, sugiere la necesidad de estudiar alguna medida para exigir el cumplimiento de los plazos fijados para la revisión del censo en la Orden 3 de octubre de 1989.
Acuerdo:
De conformidad con lo dispuesto en el art. 134.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, dirigirse a cada uno de los citados Ayuntamientos en el sentido de que, a la vista de lo informado por la Oficina del Censo, se ha acordado abrir la información previa aludida en el citado precepto legal, para que en el plazo de 10 días informe a la Junta sobre las razones que han motivado, y autoridades o funcionarios responsables de ello, la falta de cumplimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley Electoral, en orden a la depuración de las responsabilidades administrativas o penales que puedan derivarse de dicho cumplimiento.
Descriptores de materia:
CENSO ELECTORAL - Datos
CENSO ELECTORAL - Irregularidades
PADRÓN MUNICIPAL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO