Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/05/1990
Núm. Acuerdo: 30/1990
Núm. Expediente: 000/90052505
Autor: | Ayuntamiento de Navalilla (Segovia) |
Objeto:
El Ayuntamiento de Navalilla (Segovia) consulta sobre procedimiento a seguir dada la renuncia de tres de los componentes de la corporación local sin que quepa su sustitución por falta de suplentes en la candidatura y habiendo quedado reducida la corporación a dos miembros.
Acuerdo:
Trasladar que conforme al art. 182 párrafo último, de la Ley Electoral, al ser inferior el número de concejales a los dos tercios del número legal de miembros de la corporación, ha de nombrarse una Comisión Gestora integrada por los dos miembros de la misma que continúan y las personas de adecuada idoneidad o arraigo que designe la Diputación Provincial o en el Organismo competente de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones municipales, en orden a completar el número legal de miembros de la corporación.
Descriptores de materia:
ADMINISTRACIÓN LOCAL
COMISIÓN GESTORA - Constitución
CONCEJALES - Renuncia
CONCEJALES - Vacantes