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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 25/05/1990

Núm. Acuerdo: 30/1990

Núm. Expediente: 000/90052505

Autor: Ayuntamiento de Navalilla (Segovia)

Objeto:

El Ayuntamiento de Navalilla (Segovia) consulta sobre procedimiento a seguir dada la renuncia de tres de los componentes de la corporación local sin que quepa su sustitución por falta de suplentes en la candidatura y habiendo quedado reducida la corporación a dos miembros.

Acuerdo:

Trasladar que conforme al art. 182 párrafo último, de la Ley Electoral, al ser inferior el número de concejales a los dos tercios del número legal de miembros de la corporación, ha de nombrarse una Comisión Gestora integrada por los dos miembros de la misma que continúan y las personas de adecuada idoneidad o arraigo que designe la Diputación Provincial o en el Organismo competente de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los resultados de las últimas elecciones municipales, en orden a completar el número legal de miembros de la corporación.

Descriptores de materia:

ADMINISTRACIÓN LOCAL

COMISIÓN GESTORA - Constitución

CONCEJALES - Renuncia

CONCEJALES - Vacantes

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